Por Ordenanza Nro. 505 adherimos al Decreto provincial Nro. 1980 mediante el cual se autorizan, los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1ro de enero, las reuniones familiares y afectivas bajo las siguientes condiciones:
📌 Máximo 15 personas.
📌 En espacios al aire libre o cerrados con ventilación en los domicilios.
📌 Uso obligatorio de tapabocas.
📌 Manteniendo el distanciamiento de 2 metros.
Solicitamos a la población permanecer en sus domicilios los días previos a la reunión, limitando el contacto con otras personas. Cuidemos a nuestros seres queridos. 🙏🏻
Ordenanza: https://bit.ly/3nPPBXA
Decreto: https://bit.ly/3hcQVky
NUEVOS REQUISITOS PARA LICENCIA DE CONDUCIR
Convocatoria para la presentación de ofertas destinada a la adquisición de un tractor agrícola/vial nuevo, para tareas de construcción y conservación de caminos rurales.
CURSO MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS
FIRMA CONVENIO
LOTE BALDIO EN VENTA
LICENCIA DIGITAL VÁLIDA EN SANTA FE
ALERTA ALIMENTARIA
Licitación pública- ORDENANZA 01/2026
ASUETO POR FESTIVIDADES
PIROTECNIA CERO